HUELGA MÉDICA NACIONAL: UNA SEMANA AL MES DE FEBRERO A JUNIO
La huelga médica estatal convocada por semanas a lo largo de los siguientes meses comienza el próximo lunes, 16 de febrero. El colectivo médico muestra así su disconformidad ante el Anteproyecto del Estatuto Marco y pide mejoras laborales que dignifiquen su profesión y protejan su salud laboral. Estos profesionales sufren cifras crecientes de burnout, agresiones y otros riesgos y quieren que se les escuche, pues las condiciones laborales y estructurales del actual Sistema Nacional de Salud son en buena medida la causa de estos problemas. Problemas que a su vez merman la calidad del servicio y perjudican también a los pacientes que soportan largas listas de espera para recibir, en muchos casos, una atención exprés
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| Téngase en cuenta que estas fechas pueden sufrir modificaciones derivadas del propio transcurso de la huelga y por tanto, esta imagen podría quedar desactualizada |
Disconformidad ante el nuevo anteproyecto de ley que incorpora un capítulo exclusivo sobre las particularidades del personal médico y facultativo
El Estatuto Marco del personal estatuario de los servicios de salud es una ley que, según se explica desde el Ministerio de Sanidad, sigue los procedimientos de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos establecidos en la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Dicho procedimiento se encuentra recogido expresamente en el artículo 26 de esta norma. Lo primero que se dice es que "su redacción estará precedida de cuantos estudios y consultas se estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad de la norma". En el punto 2 se prosigue :
"Se sustanciará una consulta pública, a través del portal web del departamento competente, con carácter previo a la elaboración del texto, en la que se recabará opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas" (artículo 26, punto 2)
A continuación, en la propia ley citada se contemplan algunas circunstancias que pueden hacer que se prescinda de lo anteriormente expuesto, cuando por ejemplo, se trate de normas presupuestarias.
Recientemente, se ha conocido el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco del personal estatuario de los servicios de salud (8/01/26) que, posteriormente, siguiendo los procedimientos prescriptivos, se elevará al Consejo de Ministros para su aprobación como proyecto de ley y finalmente, tendrá que ser aprobado en el Congreso de los Diputados.
Desde el Ministerio de Sanidad, se ha explicado que se han llevado a cabo diversas reuniones y encuentros "con entidades, colegios, sociedades y otros grupos para escuchar sus propuestas y mejorar el texto del borrador". También se dice que se han llevado reuniones con las comunidades autónomas. El veintiséis de enero de 2026 se conocía la noticia de que diferentes sindicatos del Ámbito de Negociación-Unión General de Trabajadores/as: UGT, Central Sindical Independiente y de Funcionarios: CSIF, Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios: FSS-CCOO, Sindicato de Enfermería y Federación de Sindicatos de Sanidad y Educación SATSE-FSES- habían firmado el borrador. Desde las propias páginas web de estos sindicatos, se subraya que con este nuevo Estatuto Marco-el anterior vigente actualmente data de 2003-se establecen mejoras en todo el personal estatuario de los servicios de salud y en sus condiciones laborales (clasificación profesional, jornada de trabajo, jubilaciones anticipadas y parciales o asuntos como la conciliación familiar, entre otros).
En este contexto, muchos médicos de nuestro país se han manifestado en diferentes comunidades autónomas y desde distintas entidades en contra de cómo se ha realizado este anteproyecto. Apuntan que en la elaboración y firma de este anteproyecto no se ha tenido en cuenta su representación, no se les ha escuchado, recogiéndose así en el documento aspectos laborales que les afectan directamente pero no tienen en cuenta sus verdaderas particularidades ni aportaciones.
Las guardias, uno de los temas esenciales de la manifestación
Recientemente, el médico y psiquiatra Carlos Cenalmor en una entrevista para este blog aportaba su visión sobre aspectos relacionados con la jornada laboral y su repercusión en la salud. Así, nos comentaba que la jornada de 40 h semanales le parecía excesiva y el descanso de quince minutos en una jornada de seis horas muy poco. Asimismo, abogaba por la eliminación de las guardias obligatorias de 24 h, por las nefastas consecuencias y riesgos que acarrea para la salud de los profesionales.
El Anteproyecto del Estatuto Marco 2026 reduce la jornada laboral máxima de 48 h (en anterior Estatuto vigente actualmente que sigue a su vez directiva europea) a 45 h. Desde el Ministerio de Sanidad en el documento relativo a "Preguntas frecuentes sobre el Estatuto Marco de diciembre de 2025" (disponible en pdf en la red) expone que sí, que se acaban las guardias de 24 h. En el artículo 96 de esta nueva norma se dice que "la jornada de guardia no podrá ser superior a 17 h de trabajo efectivo". También se recoge que "en el caso de que sean consecutivas, la suma de la jornada ordinaria y de guardia de forma sucesiva no excederá de 17 h". En el artículo 99, se habla de los descansos relativos a las guardias y se expone asimismo que "en ningún caso podrá exigirse al personal la realización de la jornada ordinaria inmediatamente posterior a una jornada de guardia". No obstante, se contempla (artículo 96) la posibilidad de realizar guardias de 24 h los fines de semana, también los festivos y en "aquellos puestos identificados como de difícil cobertura", en estos casos "con el consentimiento expreso de los trabajadores afectados" y siempre que haya informe previo favorable del servicio de prevención de riesgos laborales. Igualmente, se contemplan algunos supuestos en los que se quedaría exento de la realización de esta guardia, como el hecho de estar embarazada o para personas mayores de 55 años, entre otros.
En cuanto a las pausas en el trabajo (artículo 86) se prescribe que "siempre que la duración de una jornada exceda de seis horas continuadas, deberá establecerse una pausa durante la misma no inferior a veinte minutos, que será considerado trabajo efectivo". De esta forma, se aumentarían cinco minutos respecto al anterior Estatuto (vigente) que recoge estas pausas de quince minutos en su artículo 50.
Reclaman un Estatuto específico para médicos y facultativos: resumen de la jornada virtual presidida por el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM)
En la jornada informativa sobre el Estatuto del Médico llevada a cabo por el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM)-emitida en directo en Youtube el 28/1/26, se recomienda para una información más rigurosa y completa su visualización directamente- se explica, en presencia de distintos profesionales y representantes de varios organismos (Comité de Profesionalismo Médico, MUD: Médicos Unidos por sus Derechos, CEEM: Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina, CESM: Confederación Española de Sindicatos Médicos y Foro Español de Pacientes), la visión de estos colectivos sobre dicho anteproyecto en aquellos aspectos que se relacionan con el ejercicio de sus funciones.
Para ello, inician la sesión contextualizando el momento en el que se encuentra el Sistema Nacional de Salud (SNS) y más específicamente, las condiciones laborales actuales en las que se encuentran los médicos y médicas. Se alude a estudios que evidencian las cifras elevadas de burnout en la profesión médica: "uno de cada dos médicos tienen síntomas, y uno de cada tres diagnóstico con este síndrome", se apunta. Una de las principales causas de la pérdida de salud de estos profesionales que se menciona por alguna de las ponentes son, precisamente, las guardias mencionadas. A ello se le suma también el creciente número de agresiones que han recibido estos profesionales. También se habla del estado de ánimo de muchos médicos/as y del riesgo elevado de suicidio en comparación con la población en general.
A continuación, se resumen algunas de las cuestiones planteadas en esta jornada que dejan de manifiesto la disconformidad con el Anteproyecto del Estatuto Marco, donde declaran también que no se les ha escuchado ni tomado apenas en consideración sus necesidades y particularidades a la hora de efectuarlo y firmarlo: "Una norma que afecta a los médicos, sin contar con los médicos", en palabras del Dr. Víctor Pedrera, secretario de la CESM. De esta forma, exponen lo siguiente:
● La regulación de su ejercicio profesional queda prácticamente de la misma manera. Por ejemplo, en temas de conciliación, se hace más referencia a considerar la misma, pero a efectos prácticos apenas implica cambios. Las guardias de 17-24 h no dejan ningún margen para la conciliación. Además, ven en estas pocos cambios sustanciales y creen prioritario eliminar su obligatoriedad.
● Manifiestan disconformidad con la clasificación y categorización del personal estatuario sanitario, apuntando que se mezclan también en el grupo 8 (en el que se encuentran los propios médicos/as) otros grupos profesionales que no son equiparables con el largo recorrido formativo que tienen que realizar los médicos/as. No es cuestión de que sean mejores, apuntan, sino de que las particularidades de su profesión son objetivamente diferentes. Tanto en el Estatuto Marco vigente del año 2003 (artículo 5) como en el nuevo anteproyecto, se dice que el personal estatuario de los servicios de salud se clasifica atendiendo a su función desarrollada, al nivel del título exigido para el ingreso y al tipo de su nombramiento. Sin embargo, en el grupo 8 del nuevo anteproyecto se incluyen: "Categorías para las que el requisito de acceso sea un título de Nivel 8 del MECU (Marco Español de Cualificaciones) o Nivel 7 del MECU con título de Especialista en Ciencias de la Salud o Nivel 6 con título de Especialista en Ciencias de la Salud con duración igual o superior a 4 años". Desde el Ministerio de Sanidad se pone ejemplos que se engloban en este mismo grupo como un médico especialista o un farmacéutico especialista, entre otros.
● A lo largo de la sesión, se cita a la Fems (European Federation of Salaried Doctors, Federación Europea de Médicos Asalariados), en la que está incluida la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM). En este sentido, se menciona que en otros países europeos ya se tiene estatuto propio del personal médico, convenio u otra regulación específica y propia para los médicos/as, en cuya negociación intervienen directamente sindicatos médicos. Demandan, por tanto, que en España los médicos/as puedan ser interlocutores directos con la Administración.
● También se alude, desde esta perspectiva europea, al hecho de que los médicos jóvenes en nuestro país están entre los peores pagados de Europa, solicitando un sueldo base mucho más justo. En cuanto a las horas de guardia, teniendo en cuenta las retribuciones en otros países europeos, en España también parecen estar en desventaja. En este sentido, desde el Ministerio de Sanidad se recuerda que la ley que fija el sueldo base y los trienios es la Ley de Presupuestos Generales del Estado y los complementos de atención continuada (donde irían incluidas las guardias o los turnos) son competencia de las comunidades autónomas que deciden sobre su cuantía. Sin embargo, se incide en la exposición de estas jornadas, en que sí se puede a nivel estatal reconsiderar la conceptualización de las guardias como horas extraordinarias y no como complementarias equiparables en términos económicos a la ordinaria. Asimismo, se hace mención en la jornada a las diferencias que existen en las retribuciones entre las distintas comunidades autónomas.
● Otras cuestiones que exponen tienen que ver con considerar a la profesión como de riesgo, mejorar aspectos relacionados con la jubilación anticipada o establecer una jornada laboral máxima calculada por semana. A este respecto, en el Anteproyecto del Estatuto Marco en su disposición adicional decimosexta se recoge que "la determinación de los supuestos en los que procede el anticipo de la edad de jubilación mediante la aplicación de coeficientes reductores corresponde al sistema de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en su normativa reguladora". En cuanto a la duración máxima del tiempo de trabajo semanal (artículo 84) se dice que "será de 45 h semanales de trabajo efectivo" pero de "promedio en cómputo cuatrimestral", no semanal. Por último, otros aspectos que se ponen sobre la mesa durante la sesión son la importancia de la estabilización tras el MIR y de realizar programas sobre la prevención ante el burnout y la protección frente a las agresiones.
Con todo, se busca lograr que las necesidades del servicio público y la atención continuada a los y las pacientes no signifique seguir perjudicando y comprometiendo la salud de los médicos/as ni su seguridad mediante unas condiciones laborales precarias y desactualizadas. En relación con las guardias, además de impedir directamente la conciliación familiar, algunos estudios recogen su relación con el error médico (EM). Es el caso de la revisión contextualizada llevada a cabo por Sánchez-Amo y Sánchez-Rubiales (2018) en la revista Actualidad Médica titulado "Influencia del estrés y la duración de la jornada sobre el error médico". Los autores destacan que es importante diferenciar el EM de la mala praxis y sus variantes (imprudencia, negligencia o impericia, mala fe...). Describen que el EM resulta de una equivocación, "siempre que se compruebe haber actuado con sinceridad, buena fe y se cumpla con las reglas del arte y ciencias médicas", apuntan. Tras revisar y presentar diferentes estudios tanto del ámbito europeo como del americano y australiano, concluyen que las jornadas con un número excesivo de horas afectan a la capacidad de análisis, a la visión, atención, a la toma de decisiones e incluso en algunos casos se asocia a mayor riesgo de accidentes tras las guardias. Y se apunta a una relación directa entre la ausencia de sueño y el incremento de errores médicos. Así, recalcan que tanto la seguridad del paciente como la del médico deben ser prioritarias.
Muchos médicos y médicas seguirán saliendo a la calle los próximos meses hasta que sus condiciones laborales sean también una prioridad para el Sistema Nacional de Salud (SNS).

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